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Avanza la modificación del decreto 1782 de 2013

FECODE tiene como uno de los pilares fundamentales de su accionar la defensa de la vida y los derechos humanos de los docentes colombianos y las comunidades educativas públicas, de allí tareas o proyectos como la escuela territorio de paz, la reparación colectiva para el movimiento sindical y la instauración de la mesa nacional de derechos humanos con el fin de tratar de fondo los problemas, las denuncias y la normatividad para garantizar la vida, la libertad y la integridad de los docentes, específicamente hoy se avanza en la modificación del decreto 1782 de 2013.

Los datos y cifras de amenazas y desplazamiento sufridas por el magisterio colombiano entre los años 1986 y 2016 es de 3170 casos y de 1549 en el periodo 2017 a 2024 siendo los educadores víctimas por su labor sindical, social, por su activismo y convicciones políticas, sociales, culturales y pedagógicas en todo el territorio nacional. Este hecho hizo que fecode lograra que se expidiera el decreto 1782 como una forma para que las secretarias de educación de los Entes territoriales certificadas en un plazo razonable agilizaran los procedimientos, los criterios y expidieran los actos administrativos que protejan la vida de los educadores y sus familias.

El campo de aplicación es a los servidores públicos que prestan los servicios en establecimientos educativos oficiales de preescolar, básica, media y ciclo complementario, se necesita de la solicitud del educador y tramitada por la autoridad competente mencionada. Lastimosamente solo se consideran los traslados por condiciones de amenaza y desplazamiento forzoso, estos casos se denominan conexos a la función docente pasando de una condición temporal a una definitiva cuando los estudios de riesgo preferido por la unidad nacional de protección así lo determinen.

La realidad del país reporta una serie de hechos que también ponen en riesgo la vida de los docentes no conexos con la labor establecida en el 1782, sino como ciudadano, familiar y servidor público como son la extorsión, la violencia intrafamiliar, el acoso laboral, alertas de feminicidio entre otros, estas formas de violencia han desencadenado pérdidas de la vida a varios educadores del país.

Los criterios y procedimientos para la no conexidad son similares a los traslados por conexidad, sin embargo, en la composición del comité territorial se anexan otros delegados de entidades como la fiscalía, la personería y el defensor regional con voto y según el caso otros actores solamente con voz.

Otro avance significativo es la garantía del pago de salario hasta tanto se resuelva de fondo su situación administrativa por motivo de seguridad, en el caso de desplazamiento forzado el docente debe acreditar la solicitud de inscripción en el registro único de víctimas de conformidad con el artículo 155 de la ley 1448 de 2011.

También incluye la modificación un enfoque territorial consistente en que las decisiones en torno a las medidas administrativas de protección en el marco de los procesos de traslado por seguridad se tomen conforme a la vinculación y perfil del educador y el análisis de la situación de orden público a nivel territorial para reducir el riesgo al que está sujeto el educador, igualmente tiene un enfoque de género cuyo fin es adoptar esta perspectiva en las actuaciones y decisiones de las autoridades.

La modificación se sustenta también en los principios de buena fe, seguridad, celeridad, complementariedad, debido proceso, dignidad humana, enfoque de derechos, no discriminación, reserva, mínimo vital y el de veracidad y responsabilidad que garantiza la comprobación de las denuncias y solicitudes realizadas por los docentes.

Esta modificación es fruto del trabajo de la comisión de derechos humanos tanto de fecode como del gobierno nacional, una vez concluido el proceso de concertación de la implementación de este acuerdo cuya memoria justificativa está en construcción se pasa a revisión de jurídica tanto del ministerio de educación, como del departamento jurídico de la presidencia de la república para que se haga realidad en el año 2025.

Sin duda el avance del decreto aportará a la firme intención de protección, seguridad, libertad e integralidad de la vida de los docentes, exigimos con ello que las autoridades locales cumplan con lo establecido en el decreto y sean garantes eficaces de este noble propósito.

Posdata. No quiero pasar por alto expresar unas palabras de solidaridad y condolencias a la familia de MAESTROLegal y del compañero, amigo y colega José Eduardo Ortiz por su fallecimiento inesperado, sin duda nos embarga la tristeza porque el magisterio colombiano perdió a uno de sus mejores asesores no sólo por la dirección del mejor periódico jurídico del magisterio, sino porque varias veces como federación, como filiales y como educadores recurrimos a su sabiduría, a su pulido y buen consejo, a la asesoría basta y culta que él solo podía hacer. De igual forma como amigo, compañero y trabajador del derecho fue un gran ser, respetuoso de los demás y un cariño por la otredad qué lo hacía único y muy valorado. Paz en su tumba y a la familia MAESTROLegal ánimo para continuar el legado de José Eduardo.