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Estado de la reforma al Sistema General de Participaciones, una iniciativa de Fecode y del Magisterio Colombiano

Agradezco al equipo jurídico del periódico MAESTROLegal, por la asesoría y acompañamiento constante al magisterio colombiano en los diferentes temas que atañen al desarrollo profesional, laboral y prestacional del gremio, y por este espacio que me brindan para escribir un artículo sobre el estado actual del proyecto de acto legislativo, que reforma el sistema general de participaciones SGP y que, a la hora de hacerlo este fue aprobado en la comisión primera del Senado.

El SGP representa la primera fuente de financiación de la educación pública en los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria y media vocacional en Colombia, comprende el 70% de la misma, el otro 30% proviene de otras fuentes como los recursos propios de las entidades territoriales certificadas, sistema general de regalías, gastos de funcionamiento del Ministerio de Educación Nacional entre otros, e incluye gastos de funcionamiento de la planta de personal, gratuidad, calidad y otros componentes.

Por eso FECODE, en sus últimos 4 pliegos de peticiones ha colocado como primera pretensión la financiación de la educación pública, a través del SGP y la elevó, en los acuerdos a rango constitucional y legal al incluir una mesa de alto nivel del Plan Nacional de Desarrollo tanto en el Gobierno Duque como en el Gobierno del cambio.

¿Por qué se deben reformar los artículos 356 y 357 de la Constitución política de Colombia?

Desde la entrada en vigencia los actos legislativos del SGP, 01 del año 2001 y 04 del 2007, los recursos de crecimiento dejados de recibir se calculan en $315 billones en el sector educativo y $572 billones incluyendo el sector salud y el de agua apta para el consumo, es decir dos décadas donde diferentes generaciones de estudiantes y maestros, no tuvimos la posibilidad de mejorar las condiciones de enseñanza - aprendizaje en las instituciones educativas públicas del país.

Este fenómeno causó el rezago de la canasta educativa en Colombia en relación con varios países de América Latina y del mundo, deterioró la calidad de la educación y produjo mayores desigualdades del sistema. En los datos, cifras y proyecciones realizadas por los equipos técnicos y económicos de la mesa sectorial de educación, se determinó la necesidad de pasar de un costo de canasta educativa por estudiante de $6 millones (pesos constantes de 2023), a $14 millones para el año 2037.

En el año 2023, se generó un déficit de $3.5 billones producto de la forma actual de liquidación del SGP con criterios como: promedio de los últimos 4 años, población atendida y por atender, dispersión entre zona rural y zona urbana, eficiencia administrativa y fiscal, equidad, además, la afectación de la pandemia y el ciclo de la economía, en este año se logró reducir el déficit gracias a la recuperación de la economía después de la pandemia y al efecto rebote de la reforma tributaria progresiva del Gobierno del cambio.

El porcentaje del SGP para el sector educativo año 2024, según fuente de economistas es, 22.8%, por tal razón; se necesita crecer en 10 años al 46.5%, propuesta establecida en el parágrafo transitorio 1 de la modificación al artículo 357 de la Constitución Política de Colombia, este crecimiento es gradual, seguro y en ningún caso será inferior al año inmediatamente anterior y no sujeto a los ciclos de la economía.

Al no haber existido crecimiento gradual de los recursos, se afectaron brechas como acceso y cobertura, las cifras muestran hoy, más de dos millones de niños, niñas y adolescentes por fuera del sistema educativo y una tasa de matriculación en el 2024 en un porcentaje por rango de edad así; 22.5% entre tres y cuatro años, 83.7% de cinco años, 91,3% de seis a diez años, 93,7% de once a catorce años y de 85.4% de más de quince años.

Las metas tanto del Gobierno Nacional, como de lo consensuado en la mesa sectorial de educación con todos los sectores, es alcanzar en el año 2037 una tasa de matriculación del 100%, logrando con ello la universalización de la educación en los niveles de preescolar, primaria, secundaria y media.

Para atender la universalización de los niveles educativos se necesita fortalecer la planta de personal docente y administrativa de las instituciones educativas públicas, que hoy está en 331.000 entre docentes de aula, orientadores, lideres de apoyo y dirección docente, por eso un componente importante en la destinación de los recursos y competencias en la nueva reforma constitucional y especialmente en la reglamentación de las nuevas competencias de la ley; debe ser para la modificación de las relaciones técnicas: maestro – alumno, directivo docente y reducción de todos los factores asociativos que inciden en el tamaño de la clase, estas deben ser menores a las existentes actualmente, para ello es necesario también en consonancia la modificación del Decreto 3020 de 2002.

En el costeo de la canasta educativa en la mesa sectorial, se plantea por parte de FECODE un máximo de 20 alumnos en el sector urbano y 15 en lo rural, por lo tanto, se necesitan nuevos recursos.

En el actual proyecto de acto legislativo se mantienen los montos y porcentajes para los sectores que actualmente están establecidos en 58.5% para educación, sobre el 96% del Sistema General de Participaciones y 56.16% sobre el total, es decir que el incremento en los próximos 10 años como punto de llegada del 46.5%, debe impactar sobre estos montos y porcentajes para el cierre de brechas planteado por FECODE.

¿Cuándo entra a regir el nuevo acto legislativo y qué falta para que se haga realidad?

Se consensuó que su aplicación será a partir del 1° enero del 2027, toda vez que según los análisis y estudios con datos y cifras de varias fuentes oficiales durante los años 2025 y 2026, tendrá un crecimiento con la formula actual entre el 30 o 31 % aproximadamente, pero luego vendrá un declive, a partir del 2027 se cambia la fórmula que consiste en la diferencia entre la base de liquidación 2026 y el punto de llegada a 46.5%, esta diferencia se divide entre 10 y esta fórmula será la constante de crecimiento hasta el año 2037.

El trámite legislativo faltante consiste, en convocatoria a sexto debate en la plenaria del senado y 2 debates en Cámara, uno en comisión y otro en plenaria, así completará los 8 debates necesarios para su aprobación. Luego se da un plazo de 12 meses para reglamentar la ley de competencias que modifica la Ley 715 del 2001 y así entrar en vigencia a partir del año 2027. Empezamos un proceso de dialogo y conversación permanente con las bancadas del Congreso tanto de Senado como de Cámara para articular el desarrollo de los tres debates faltantes y, evitar lo sucedido con la enmienda de la reforma estatutaria que causó el paro permanente del magisterio colombiano. Así mismo, realizamos la pedagogía y la difusión de piezas comunicativas para entender el contenido, el alcance y las implicaciones del acto legislativo.

Esperamos que el Gobierno, el Congreso de la República y en especial el Ministerio de Hacienda y el Departamento Nacional de Planeación, estén a la altura de las necesidades de los sectores de educación, salud y agua apta para el consumo, a quienes se privó de un óptimo crecimiento durante estos 23 años.

Llamamos al Magisterio a estar atentos a las orientaciones de FECODE, a presionar con la movilización social constante para que se haga realidad una de las mayores conquistas del Magisterio en la verdadera defensa de la educación pública colombiana. Es ahora que tenemos las condiciones políticas e históricas para lograr esta conquista o tendremos que esperar largo tiempo...